Constituimos tu sociedad, ordenamos la relación entre los socios y dejamos tu empresa lista para operar, crecer y recibir inversión.
La mayoría de los conflictos entre socios se podrían haber evitado en el papel, antes de que existiera el problema. Ese papel es nuestro trabajo.
Elegimos el tipo societario según tu negocio, no al revés: SpA, SRL o SA. Quedas con estatutos, RUT e inicio de actividades.
Las reglas se escriben cuando todos están de acuerdo. Aportes, vesting, salidas, empates, venta de participación y qué pasa si alguien se va.
Aumentos de capital, entrada y salida de socios, cambio de giro o de nombre, transformación, fusión y división.
Directorios, poderes, juntas y actas. Lo que necesitas para operar sin trabas y para pasar una revisión legal sin sorpresas.
Estructuramos la operación y hacemos la revisión legal previa para que sepas qué estás comprando antes de firmar.
Terminar una sociedad también es un trabajo legal. Lo hacemos ordenado, para que no te siga persiguiendo.
Trabajas directo con el abogado que lleva tu asunto, con plazos y costos conversados antes de empezar.
Antes de proponer una estructura entendemos qué haces, con quién y hacia dónde vas.
Con las opciones sobre la mesa, sus costos y sus consecuencias. Tú decides con la información completa.
Nos hacemos cargo de la redacción, la firma y la tramitación, y te avisamos en cada hito.
Depende de cómo quieras repartir el control y de qué tan fácil quieras que sea entrar y salir. La SpA es más flexible y es el formato habitual cuando piensas recibir inversión; la SRL es más cerrada y exige acuerdo de todos los socios para ceder derechos. Lo vemos caso a caso antes de constituir.
Por el Registro de Empresas y Sociedades, con estatuto tipo, puede quedar constituida en pocos días. Si necesitas un estatuto a medida, con cláusulas propias sobre control, aportes o salidas, el trámite se hace por escritura pública y toma más tiempo.
Sí. El pacto no es un gesto de desconfianza, es lo que define qué pasa si uno se quiere ir, si alguien deja de aportar trabajo, si aparece una oferta de compra o si simplemente dejan de estar de acuerdo. Se escribe cuando la relación está bien, porque después ya no hay acuerdo posible.
Sí. Estamos en Viña del Mar y trabajamos con empresas de todo Chile de forma remota, con reuniones por videollamada y firma electrónica donde la ley lo permite.
Cuéntanos tu situación y te respondemos a la brevedad.